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El
ascenso a sargento de Cortabarra es ilegal según los tribunales. |
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
declara nulas las bases de ascenso a sargento y suboficial de la
Policía Local
Según la sentencia, el ascenso
del sargento Cortabarra, que no podía presentarse por carecer de los
requisitos necesarios, es ilegal, y deberá ser degradado
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
tras seis años de espera, ha declarado nula la parte de las Bases de
las pruebas de ascenso por promoción interna a las categorías de
suboficial y de sargento de la Policía Local de Chiclana ,que fueron
aprobadas en 1998 por la mayoría del PSOE y en las que se incluía un
apartado que iba contra la Ley: el curso de Dispensa de Grado de
Titulación que no era válido desde 1995 (se hacen las Bases en 1998 )
y que beneficiaba al entonces sargento Agustín Lucena y al cabo
Antonio Cortabarra.
El fallo del TSJA es una muestra más de lo que el
PSOE lleva haciendo desde que gobierna en Chiclana, veintiún años ya.
Lo grave de esta sentencia es que deja claro que el equipo de gobierno
socialista ha incumplido la ley de nuevo, por enésima vez. Y más grave
todavía es que lo sabía, porque ese curso de Dispensa ya hacía tres
años que no existía. Gracias a ello, Antonio Cortabarra,
entonces cabo, ascendió a subinspector en el año 2001, como
consecuencia de las ventajas que le supuso la aprobación de aquellas
bases ilegales. En números anteriores ya explicamos en qué consistía
el citado curso de Dispensa y un fallo judicial de Córdoba en este
sentido, por lo que no vamos a repetirlo.
Antes de finalizar las pruebas y en el último
trimestre del año 1998, la CGT recurrió las bases de suboficial
y de sargentos por la citada. A mediados del mes de febrero del 2001
Cortabarra fue nombrado subinspector (sargento), lo que le ha supuesto
una serie de beneficios que pasamos a detallar.
RENTABILIDAD DE UNA ILEGALIDAD
Ha tenido un estatus funcionarial superior al que
debiera. Sus retribuciones han sido superiores en 3 millones de las
antiguas pesetas a las que debiera cobrar, ha consolidado Niveles de
Complemento de Destino superiores a los que le hubiera correspondido
como cabo y que serán un beneficio económicos hasta que fallezca
porque ya no se lo pueden retirar; ha efectuado servicios
extraordinarios como sargento (por ejemplo cobró 1600 euros en junio
del presente año y más de 1600 en el mes de julio) que si hubiese
tenido la condición de oficial no hubiese hecho él y sí el que
legalmente ocupase su situación. Y luego se le ha permitido dar clases
como profesor en una academia de preparación de oposiciones a Policías
Locales y que se calcula le ha supuesto en estos años como ingresos
familiares entre 12 y 14 millones de las antiguas pesetas.
FUNCIONES QUE NO LE CORRESPONDEN
Hace muchos años fue nombrado como único Jefe de
Tráfico, por encima del Jefe del Cuerpo, rompiendo la concepción de
cuerpo jerarquizado. Alcalde, delegados y miembros del equipo de
gobierno despachaban directamente con él, enviándolo a representar al
Cuerpo y consintiéndole que no diese novedades al Intendente Jefe ni
despachase los asuntos con él. Esta situación le hacía disponer, a
diario y de primera mano, de información privilegiada de todos los
asuntos de tráfico que luego podía utilizar en beneficio propio para
sus clases de preparación. Fue igualmente incluido en la Junta Local
de Seguridad, en contra de lo que dispone la Ley que sólo contempla
que forme parte de la misma el Jefe del Cuerpo y también está como
parte destacada del llamado Consejo Asesor de Tráfico.
J. ARAGÓN |