Puente Chico


AGADEN ha denunciado de nuevo a Hoteles Meliá por edificar ilegalmente

AGADEN denuncia a Hotelera Meliá por hacer una edificación en terrenos públicos de la Colada de Recoberos, en la zona donde construye el campo de golf

La asociación ecologista pregunta a la Delegación Provincial de Medio Ambiente si es objeto esta empresa de trato de favor por su parte

   La asociación ecologista AGADEN ha vuelto a denunciar a la empresa Hotelera Meliá ante la Delegación Provincial de Medio Ambiente, esta vez por ocupar presumiblemente terrenos públicos que discurren por la Colada de Recoberos, donde ha llevado a cabo una edificación de unos veinte metros cuadrados. El mes pasado ya publicamos sendas denuncias por la usurpación de dos vías pecuarias, impidiendo el paso de animales y personas, y de edificar ilegalmente. Les ofrecemos un extracto de esta última denuncia.

   Miembros de esta asociación en Chiclana han comprobado que como consecuencia de las obras de construcción de un campo de golf en la finca Campano, “se ha realizado una edificación de aproximadamente unos 20 metros cuadrados sobre terrenos por los que presumiblemente discurre la Colada de Recoberos. Esta vía pecuaria que tiene una anchura legal de 20 metros, trascurre junto al actual camino que bordea a la finca por su flanco norte, por lo que al estar la edificación mencionada muy próxima al mencionado carril, todo apunta que se ha construido sobre la propia vía pecuaria”.

    En la Resolución 13/12/02 por la que se declara el Informe Ambiental Favorable del proyecto de campo de golf en la citada finca, en el apartado 1 del condicionado se establece con toda claridad que deberán quedar expeditas las vías pecuarias existentes en la finca. En el apartado 2 se dispone que en caso de ocupación de las vías pecuarias por las infraestructuras del campo de golf, se deberá tramitar la correspondiente autorización conforme a la normativa vigente. Que se sepa hasta el día de hoy nada de eso se ha producido, si bien no sólo la edificación denunciada, sino otras infraestructuras de riego y canalización de agua han afectado a las vías pecuarias de la finca.

FALTAS MUY GRAVES

    Estos hechos ya fueron denunciados mediante escrito del pasado 6 de febrero de 2003 y reiterados el 1 de agosto, sin que al día de hoy se haya obtenido ninguna comunicación respecto a la iniciación o no del correspondiente expediente sancionador. En el artículo 21 de la vigente Ley de Vías Pecuarias, la Ley 3/95, de expresa aplicación en cuanto al régimen sancionador por constituir normativa básico a los efectos de lo previsto en el artículo 149.1.23 de la CE, conforme a la Disposición Final Primera de esta Ley y remisión expresa del artículo 54 del Reglamento Andaluz de vías pecuarias, tipifica como falta muy grave la ejecución no autorizada de cualquier tipo de obra en terrenos de vía pecuaria.

    También considera falta muy grave los actos que impidan el tránsito de ganado o el previsto para los usos compatibles o complementarios. Considera, así mismo, muy grave aquellas acciones que causen daño o menoscabo en una vía pecuaria. En estos casos, artículo 22 de la Ley prevé multas de 5 millones a 25 millones de pesetas en consideración a las circunstancias del responsable, tal podía ser el promotor del proyecto que nos ocupa. La normativa autonómica prevé en su artículo 60 la obligatoriedad del infractor de reparar el daño causado y la posibilidad de imposición de multas coercitivas si así no se hiciera. 

TRATO DE FAVOR

    Viendo que incumple de forma clamorosa la Ley y Reglamento de Vías Pecuarias, así como el condicionado del Informe Ambiental emitido por esa Delegación, esta asociación se pregunta si el campo de golf de Campano, promovido por la Hotelera Meliá, es objeto de trato de favor por parte de esa Delegación Provincial. Por ello se solicita igualmente y en todo caso la paralización cautelar de las obras mencionadas así como se ordenen las medidas tendentes a la restauración del dominio público con cargo al infractor.

RAMÓN F. MERAYO

 


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