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AGADEN ha denunciado de nuevo a Hoteles Meliá por
edificar ilegalmente |
AGADEN
denuncia a Hotelera Meliá por hacer una edificación en terrenos
públicos de la Colada de Recoberos, en la zona donde construye el
campo de golf
La asociación ecologista
pregunta a la Delegación Provincial de Medio Ambiente si es objeto
esta empresa de trato de favor por su parte
La asociación ecologista AGADEN
ha vuelto a denunciar a la empresa Hotelera Meliá ante la
Delegación Provincial de Medio Ambiente, esta vez por ocupar
presumiblemente terrenos públicos que discurren por la Colada de
Recoberos, donde ha llevado a cabo una edificación de unos veinte
metros cuadrados. El mes pasado ya publicamos sendas denuncias por la
usurpación de dos vías pecuarias, impidiendo el paso de animales y
personas, y de edificar ilegalmente. Les ofrecemos un extracto de esta
última denuncia.
Miembros de esta asociación en Chiclana
han comprobado que como consecuencia de las obras de construcción de
un campo de golf en la finca Campano, “se ha realizado una
edificación de aproximadamente unos 20 metros cuadrados sobre terrenos
por los que presumiblemente discurre la Colada de Recoberos. Esta vía
pecuaria que tiene una anchura legal de 20 metros, trascurre junto al
actual camino que bordea a la finca por su flanco norte, por lo que al
estar la edificación mencionada muy próxima al mencionado carril, todo
apunta que se ha construido sobre la propia vía pecuaria”.
En la Resolución 13/12/02 por la
que se declara el Informe Ambiental Favorable del proyecto de
campo de golf en la citada finca, en el apartado 1 del
condicionado se establece con toda claridad que deberán quedar
expeditas las vías pecuarias existentes en la finca. En el
apartado 2 se dispone que en caso de ocupación de las vías
pecuarias por las infraestructuras del campo de golf, se deberá
tramitar la correspondiente autorización conforme a la normativa
vigente. Que se sepa hasta el día de hoy nada de eso se ha producido,
si bien no sólo la edificación denunciada, sino otras infraestructuras
de riego y canalización de agua han afectado a las vías pecuarias de
la finca.
FALTAS MUY GRAVES
Estos hechos ya fueron denunciados
mediante escrito del pasado 6 de febrero de 2003 y reiterados el 1 de
agosto, sin que al día de hoy se haya obtenido ninguna comunicación
respecto a la iniciación o no del correspondiente expediente
sancionador. En el artículo 21 de la vigente Ley de Vías
Pecuarias, la Ley 3/95, de expresa aplicación en cuanto al
régimen sancionador por constituir normativa básico a los efectos de
lo previsto en el artículo 149.1.23 de la CE, conforme a la
Disposición Final Primera de esta Ley y remisión expresa del
artículo 54 del Reglamento Andaluz de vías pecuarias,
tipifica como falta muy grave la ejecución no autorizada de
cualquier tipo de obra en terrenos de vía pecuaria.
También considera falta muy grave los
actos que impidan el tránsito de ganado o el previsto para los usos
compatibles o complementarios. Considera, así mismo, muy grave
aquellas acciones que causen daño o menoscabo en una vía pecuaria.
En estos casos, artículo 22 de la Ley prevé multas de 5
millones a 25 millones de pesetas en consideración a las
circunstancias del responsable, tal podía ser el promotor del proyecto
que nos ocupa. La normativa autonómica prevé en su artículo
60 la obligatoriedad del infractor de reparar el daño causado
y la posibilidad de imposición de multas coercitivas si así no se
hiciera.
TRATO DE FAVOR
Viendo que incumple
de forma clamorosa la Ley y Reglamento de Vías Pecuarias, así
como el condicionado del Informe Ambiental emitido por esa Delegación,
esta asociación se pregunta si el campo de golf de Campano, promovido
por la Hotelera Meliá, es objeto de trato de favor por parte de
esa Delegación Provincial. Por ello se solicita igualmente y en todo
caso la paralización cautelar de las obras mencionadas así como se
ordenen las medidas tendentes a la restauración del dominio público
con cargo al infractor.
RAMÓN F. MERAYO
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